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(Actualizado a 31 de enero de 2007)

Es de risa. La noticia de menéame Normas para enlazar a la web de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes cuenta que existen unas reglas a la hora de poner enlaces a la web de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, concretamente las siguientes:

1.- CARACTERÍSTICAS DEL HIPERENLACE

2.1.- Tipo de hiperenlace: el hiperenlace permitirá el acceso a la página de inicio de este sitio web, a la página principal de cualquiera de sus secciones, así como a cualquier obra de su fondo bibliográfico.

La autorización para insertar un hiperenlace no presupone, en ningún caso, un consentimiento para reproducir los aspectos visuales y funcionales («look and feel») de este sitio web.

Del mismo modo, se prohíbe explícitamente la creación de un entorno o barra de navegación sobre las páginas web que componen este sitio.

2.2.- Aspecto del hiperenlace: el hiperenlace podrá consistir tanto en un texto como en un gráfico.

  • 1.2.1.- En el primer caso, el texto deberá expresar rotundamente que enlaza con la BIBLIOTECA VIRTUAL MIGUEL DE CERVANTES.

    La fuente utilizada será «Arial», el estilo «negrita», el tamaño de un mínimo de «12» y el color deberá tener las siguientes características: «rojo 155, verde 23, azul 26, matiz 254, saturación 189 y luminosidad 89».

  • 1.2.2.- En el segundo caso, sólo se podrá utilizar el logotipo de «cervantesvirtual.com» tal y como puede encontrarse en la URL http://www.cervantesvirtual.com/marcolegal/normas_graficas.jsp.

    El logotipo de la BIBLIOTECA VIRTUAL MIGUEL DE CERVANTES, deberá estar situado a una distancia de separación de 25 píxeles con respecto a cualquier otro elemento de la página web en la que se inserte.

  • 1.2.3.- Con carácter general, el aspecto, el efecto visual, la ubicación y, en general, las características del hiperenlace deberán invariablemente evidenciar que el mismo conduce al sitio web de la BIBLIOTECA VIRTUAL MIGUEL DE CERVANTES y que éste es independiente y no está unido por una relación, ni de colaboración, asociación, patrocinio, laboral ni de ningún otro tipo, a la página web que contiene el hiperenlace.

Y no sólo eso, sino que se reservan el derecho a perseguirte, pegarte y humillarte si no haces bien las cosas:

4.- RESERVA DE ACCIONES

Los co-titulares de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes efectúan expresa reserva de cuantas acciones legales, tanto civiles como penales, amparen sus derechos frente a cualquier contravención de estas Condiciones Particulares, de las Condiciones Generales de uso de este sitio web, de los derechos de propiedad industrial e intelectual titularidad de la misma y, en general, de cualesquiera disposiciones jurídicas que sean de aplicación.

Asimismo, la inserción de hiperenlaces cuyas características sean contrarias a las establecidas en el apartado 2º. de estas normas será perseguida por todos los medios que las leyes prevén.

Yo me pregunto qué leyes son esas que permiten perseguir a alguien que pone un enlace de una forma diferente a los requisitos absurdos que ponen. Pero supongo que ellos saben mejor que nadie que hay unas leyes que te permiten obligar a la gente cómo te deben enlazar con pelos y señales, al margen de que esas normas sean una completa gilipollez.

Si la gente no usara el sentido común (recordemos que es el menos común de los sentidos) y siguiera estas ilógicas reglas, me parece a mí que no les iba a enlazar ni el tato.

En fin, creo que podrían comenzar su cruzada con Google, y en función de cómo les vaya, aventurarse con el resto de la red.

Actualización: ya han quitado la página en cuestión en la que se establecen esas normas tan absurdas para la creación de enlaces hacia la Biblioteca Virtual. Un gesto que les honra, aunque parece que les ha hecho falta aparecer en unos cuantos blogs y en El Mundo.